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En aquellos países donde no hay una ley garantista del aborto, las mujeres viven en una crisis sanitaria continua y permanente. Una forma de señalar que la interrupción voluntaria del embarazo también es un asunto de salud pública.

En algunos lugares, el cierre de fronteras ha impedido que las mujeres pudiesen viajar a países donde al aborto sí es legal para poder acceder a una IVE

España y el periodo de reflexión

El 5 de julio de 2010 entró en vigor la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que eliminó del Código Penal el aborto fuera de tres supuestos: cuando fuera necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, cuando el embarazo fuese fruto de una violación y cuando el feto fuese a nacer con graves taras físicas o psíquicas. Es decir, que de 1985, momento en el que se despenaliza el aborto para estos tres supuestos, a 2010, abortar por decisión propia era un delito.

También quedaba recogido el derecho a abortar dentro de las primeras 22 semanas si existe grave riesgo para la vida o salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías en el feto; y en cualquier momento si se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable y así lo confirme un comité clínico”

El artículo 14 de la ley de 2010 indica que podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la embarazada, siempre que concurran los requisitos siguientes:

* Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad
* Que haya transcurrido un plazo de al menos tres días, desde la información mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención

De este modo, cada vez que una mujer acude a un centro a solicitar una interrupción voluntaria del embarazo, los facultativos le dan el conocido “sobre”: una carta que contiene una guía titulada Políticas activas de apoyo a la mujer embarazada y a la maternidad.

Tras recibir el sobre la paciente ha de esperar obligatoriamente al menos tres días para poder someterse al aborto, un periodo que la propia ley llama “de reflexión”. “Recibir esa información previa supone un traslado.
Esto, durante el estado de alarma, suponía una doble exposición al virus: una primera visita al centro sanitario para informar de su deseo de abortar y recibir el sobre, y una segunda al centro donde se le practicaría el aborto.

Desplazarse a otras provincias para abortar

Durante el estado de alarma hay mujeres que se han tenido que desplazar a otros territorios para abortar.
Cuando hay una crisis de estas características, es decir, sanitaria pero también económica y social, los derechos de las mujeres quedan en un plano secundario. La doble exposición al virus por el periodo de reflexión y por no tener un acceso igualitario en las diferentes regiones es un asunto que ni se ha mencionado desde el Gobierno.

El cierre de fronteras: Andorra y Gibraltar

Tanto en Andorra como en Gibraltar, el aborto es un delito. En el caso de Andorra, el artículo 108 del Código Penal establece que “la mujer que se produzca el aborto o consienta que otra persona se lo provoque deberá ser castiga con pena de arresto”. En Gibraltar, la mujer que aborte dentro del territorio se enfrenta a la cadena perpetua, tal y como consta en el artículo 162 del Crimes Act.

Tan solo unos días antes de que comenzase la pandemia, el Gobierno de Andorra puso en marcha el Servicio Integral de Atención a la Mujer, cuyo objetivo es asegurar el acceso a la información sobre salud sexual y reproductiva, incluida la planificación familiar. A pesar de que el Gobierno no ha modificado el Código Penal para despenalizar el aborto, el SIAD contempla un servicio sobre la interrupción del embarazo: Se ha definido un protocolo de actuación. Se realiza una primera entrevista donde se facilita la información relacionada con la demanda, que puede acabar con una derivación del caso, si procede.

En Andorra quieren abortar pero sin dar garantías para ello: Dentro del territorio no se pueden practicar, por lo que a lo sumo informan a las mujeres de las clínicas de Barcelona a las que pueden ir. Igualmente, ellas se tienen que costear el procedimiento”.

Irlanda del Norte: retrasos en la implementación de la ley

En el Peñón de Gibraltar, que aunque forma parte del Reino Unido dispone de plena autonomía excepto en cuestiones de defensa y asuntos exteriores, la batalla por la despenalización del aborto comenzó en 2018, después de que una sentencia del Tribunal Supremo del Reino Unido declarase que la ley del aborto de Irlanda del Norte, idéntica a la de Gibraltar hasta 2019, era contraria a la Convención Europea de Derechos Humanos. Ni Gibraltar ni Irlanda del Norte contemplaban la posibilidad de abortar en casos de violación o cuando el feto tuviese alguna malformación. Solo se permitía cuando fuese necesario para salvar la vida de la madre.

Irlanda del Norte, sin embargo, legalizó el aborto en octubre de 2019, una legislación que entraba en vigor el 31 de marzo de 2020 y que permite la interrupción voluntaria del embarazo sin condiciones hasta la semana 12.

Amnistía Internacional denunció que la pandemia había imposibilitado que la ley se llevara a cabo adecuadamente: “Debido a que estas normas son muy nuevas, ninguno de los servicios están implementados todavía, lo que significa que las mujeres siguen sin poder acceder a servicios de interrupción voluntaria del embarazo”.